Un ciudadano extranjero casado con un ciudadano estadounidense puede no ser elegible para la residencia permanente si se ha determinado que es inadmisible en los Estados Unidos. Afortunadamente, una exención de inadmisibilidad puede estar disponible si un ciudadano extranjero puede demostrar que su cónyuge ciudadano estadounidense experimentará dificultades extremas si no se le otorga la residencia permanente.
Las dificultades extremas deben demostrarse tanto en los Estados Unidos como en el país de origen del cónyuge extranjero. Los solicitantes de exenciones de inadmisibilidad generalmente deben presentar una solicitud fuera de los Estados Unidos cuando asisten a sus entrevistas de visa de inmigrante.
El 4 de marzo de 2013, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) puso en marcha un programa de exención provisional que permite a algunos solicitantes presentar una solicitud antes de salir de los Estados Unidos. El solicitante puede permanecer en los Estados Unidos hasta que la solicitud de exención sea adjudicada «provisionalmente» antes de partir para su entrevista de visa de inmigrante.
Este proceso agregará certeza al resultado de la entrevista de visa de inmigrante y acortará el período de separación para las familias afectadas. Actualmente, las únicas personas elegibles para este programa son aquellas que son inadmisibles debido a la presencia ilegal y que tienen una Petición I-130 aprobada para un familiar extranjero presentada por un familiar inmediato ciudadano estadounidense.
Presentar una renuncia de inadmisibilidad exitosa puede ser muy difícil debido a la naturaleza discrecional del proceso. Lo que constituye una dificultad extrema para una persona puede ser visto como un inconveniente para otra persona.
Con más de una década de experiencia, nuestros abogados de inmigración en Tucson, Arizona, pueden brindarle orientación y ayudarlo a preparar la exención más persuasiva. También podemos ayudarlo a determinar si es elegible para una exención estándar o para el programa de exención provisional.
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